Cooperativismo, una alternativa frente a la mercantilización de la vivienda

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Mtra. Corina Ambriz Hernández
Doctorante en Urbanismo -UNAM

En el Año Internacional de las Cooperativas 2025, declarado así por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es propicio destacar el modelo de cooperativismo de vivienda que, si bien es conocido y difundido en diversos países e incluso profundizado por sectores y asociaciones afines, en México aún tiene mucho camino por delante. Pero, ¿quiénes son estos países y sectores donde este modelo tiene un mayor impulso o desarrollo del que posee México? Dichos países son muy variados, entre ellos podemos mencionar a Uruguay, Suecia, El Salvador y Kenia. También se encuentran organizaciones promoventes como el Centro Cooperativo Sueco/We Effect, la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM), la Federación Salvadoreña de Asociaciones Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua de Responsabilidad Limitada (FESCOVAM) y la Coalición Internacional por el Hábitat en Latinoamérica (HIC-AL).

En México, el cooperativismo de vivienda es un modelo un tanto desconocido, así como sus funciones y atribuciones. Esto, si bien se debe a diversas razones, es posible reconocer que dada su naturaleza no mercantil y a la carencia del reconocimiento o certeza legal, este sea un modelo principalmente alternativo para producir vivienda. 

Acción social frente a la mercantilización de la vivienda
Los principios fundamentales del cooperativismo de vivienda inciden en la dinámica de la producción del hábitat, así como en la participación de los actores involucrados, o mejor dicho, de la ‘autoproducción’ y la ‘autogestión’ de la vivienda con la premisa de la producción como fin de uso y no de mercancía.

Para esto es necesario e imprescindible la adquisición de suelo urbano asequible, pero también la accesibilidad a la infraestructura de servicios bien dotados. Dicho de otra forma, se necesita un suelo urbano con adecuaciones para el desarrollo pleno de quienes planean, producen y habitan una vivienda cooperativa.

Cabe resaltar otro principio que corresponde a la propiedad colectiva. Dicha propiedad involucra la propiedad o adquisición del suelo urbano bajo un esquema grupal en donde los habitantes o integrantes de la cooperativa sean poseedores legales de la tenencia del suelo o predio. Seguido de esto, les corresponde la propiedad de las viviendas bajo el esquema cooperativista con una sola escrituración colectiva.

La importancia de reconocer y brindar marcos jurídicos tanto al cooperativismo de vivienda, a la adquisición y tenencia del suelo urbano, como a la propiedad colectiva, recae en la función que desempeña este modelo de producción de vivienda como un fin social de uso y goce ante la especulación sobre el valor de la vivienda y su producción como bien de cambio. Pero además, frente a diferentes procesos como lo son el despojo, el desplazamiento, la gentrificación, por mencionar algunos, generados por actores e inmobiliarias, cuyos intereses son meramente económicos y que incluso, obstruyen la materialización de un marco legal que brinde mayor certeza al cooperativismo de vivienda, y de este modo, se propicie una alternativa para el acceso a la vivienda social formal.

Otro propósito de estos marcos legales, es el de abrir una vía que busque generar y replicar el derecho a un mejor hábitat dentro de las ciudades y también en diversos tipos de comunidades que no son predominantemente urbanas.

Actualmente las ciudades o mejor dicho, los espacios urbanizados, atraviesan procesos de reconfiguración, renovación e inversión privada cuyos fines son únicamente económicos. Y es que detrás de muchas políticas enfocadas a revitalizar o “mejorar” diferentes sitios, colonias, pueblos, entre otros, existen lógicas que expulsan a las poblaciones originales o locales. Estos desplazamientos involuntarios, suelen desarrollarse de manera gradual -aunque en los últimos años han ido en aumento y a mayor velocidad-, e incluyen diferentes tácticas para invalidar el derecho al arraigo y al hábitat de los habitantes o pobladores que han residido toda su vida en esos espacios.

Durante estos procesos se realizan mejoras o revitalizaciones de los lugares, para que habitantes locales o extranjeros con mayor poder adquisitivo puedan encontrar afinidad con estos “nuevos” sitios creados específicamente para ellos. Es por esto que aquellas colonias, calles, o pueblos incluso, eventualmente se ven envueltos en cambios en sus actividades y estilos de vida. Y es debido al aumento de precios sobre los servicios básicos, como lo es la renta del suelo, que son forzados y desplazados a otros lugares más accesibles pero alejados cada vez más de sus lugares de trabajo, escuelas, familias y servicios en general. A este tipo de procesos se le conoce como gentrificación, e incluso existe su variación en los lugares turísticos como lo es la turistificación, muestra de esto es el caso de los “pueblos mágicos”, comunidades que no son predominantemente urbanas, no obstante también son objeto de explotación y de despojo.

Cambios en materia de vivienda cooperativa
Existen diversos actores y agentes sociales que trabajan y colaboran junto a organizaciones comunitarias o sociales, organismos no gubernamentales, asociaciones civiles, académicos y grupos o personas simpatizantes del modelo cooperativo de vivienda, quienes a su vez, persiguen y luchan por el reconocimiento no solo legal, sino también, por la puesta en marcha de programas o políticas de vivienda que garanticen el ejercicio de este tipo de cooperativismo en México. Algunas organizaciones y actores sociales se dan a la tarea de colaborar con autoridades de distintos niveles de gobierno, con la intención de que las demandas que solicitan sean tomadas en cuenta y aplicadas.

Si bien en México existe la legislación que aprueba la creación de sociedades cooperativas, estas se conciben únicamente bajo tres mecanismos: de producción, consumo y ahorro, por tal razón es preciso que las cooperativas de vivienda posean un marco legal propio, concreto y específico, que corresponda con el beneficio colectivo y sin fines de lucro. Del mismo modo, es responsabilidad de las dependencias del gobierno en materia de vivienda el proporcionar y crear los programas de vivienda social con enfoque alternativo a la adquisición de vivienda, adicionales a la adquisición en propiedad individual, como ocurre a través del  Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE), así como de la banca privada, que es como la mayoría de la población accede a una vivienda formal.

Desde la academia se ha buscado difundir estos procesos alternativos en diversas latitudes de América Latina. Específicamente, organizaciones sociales han mantenido cercanía y respaldo con organizaciones cooperativistas, propiciando un intercambio de saberes y propuestas que han servido para establecer redes y líneas de trabajo con otras organizaciones, autoridades gubernamentales y personas interesadas en el cooperativismo. No obstante, es necesario reforzar el puente entre las organizaciones sociales, la academia, las autoridades gubernamentales y la gente para que el cooperativismo cuente con mayor difusión, reconocimiento y aceptación.

Asimismo, es preciso que la academia facilite la información y los conocimientos mediante un diálogo de fácil acceso y entendimiento sobre los procesos urbanos que acontecen en nuestras ciudades; y sobre todo, para lograr una comprensión de los mismos y de esta forma actuar en colectivo para buscar soluciones.

Beneficio colectivo contra beneficio individual
Una de las fortalezas más grandes que ofrece el cooperativismo es la posibilidad de ser un mecanismo de producción y adquisición de vivienda con principios y ejes rectores basados en la participación directa de sus futuros habitantes, quienes tienen un papel protagonista en la creación de sus viviendas, que a su vez, generan redes de apoyo y fortalecimiento comunitario entre ellos. Otra de las fortalezas, y quizá la mayor frente a la producción de vivienda en propiedad privada, es la de la posesión o tenencia colectiva del suelo por parte de sus habitantes, brindándoles una posición de contraparte directa a las lógicas de acaparamiento del suelo urbano de parte del sector inmobiliario, dado a que el predio que posea la cooperativa se encontraría fuera de toda mercantilización, por lo tanto no se podría especular con el mismo. Sin duda alguna, esta es su más grande fortaleza y es quizá por esta misma razón que el movimiento cooperativista en materia de vivienda en México ha tenido que sortear dificultades para su reconocimiento legal.

Como reflexión final, les invito a que se acerquen a conocer más al respecto. Si bien existen casos muy conocidos sobre procesos cooperativistas exitosos en México, particularmente en la Ciudad de México, como Palo Alto, o El Molino, también hay casos más recientes como las cooperativas Guendaliza’a, Tochant y Tollán. De ellas, la primera ha concluido su proceso de edificación, mientras que las otras se encuentran en proceso de construcción. Estas cooperativas son una muestra que es posible generar alternativas de producción de vivienda, y sin duda, son clave para concebir el acceso a la vivienda y al hábitat desde una lógica más justa y equitativa.

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