Suprema Corte rechaza amparos de trasnacionales para sembrar maíz transgénico

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Por unanimidad y sin discusión alguna la Primera Sala rechazó los argumentos de PHI, Dow, Syngenta y Bayer-Monsanto.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó por unanimidad y sin discusión alguna los cuatro amparos de las trasnacionales de la agroindustria PHI, Dow, Syngenta y Bayer-Monsanto, que buscaban suspender una Medida Precautoria y sembrar maíz transgénico con fines comerciales en el país.

La determinación de la SCJN fue calificada por la Demanda Colectiva, que logró detener a través de un juicio la siembra de maíces genéticamente modificados desde 2013, como histórica y trascendental para la siembra del maíz nativo y la milpa, así como para el sector apícola como parte de la biodiversidad que ha sido afectada por los transgénicos y el uso de agrotóxicos como el glifosato.

Sin embargo, la colectividad alertó que los fallos judiciales no garantizan que en realidad se cumplan, como ha ocurrido con la Península de Yucatán, donde a pesar de las prohibiciones de la SCJN se siembra soya y maíz transgénico de manera ilegal e impune.

“Consideramos que la unanimidad de la decisión reitera la validez de los argumentos presentados por la Colectividad Demandante, a favor de los derechos colectivos, de comunidades campesinas e indígenas y de las personas consumidoras de maíz. Además de sentar un precedente para demandas de acción colectiva en curso y futuras”, afirmó la colectividad.

Las firmas agroindustriales argumentaban una supuesta inconstitucionalidad del artículo 610 del Código Federal de Procedimientos Civiles, el cual faculta a los jueces a tomar las medidas precautorias que consideren pertinentes para proteger derechos e intereses de una colectividad.

El proyecto aprobado por unanimidad señala que “Todas esas medidas tienen como objetivo preeminente que, durante el trámite del juicio, se eviten daños a la colectividad o que, al estarse verificando, cesen en sus efectos, y no se consuman de manera irreparable o difícilmente reparable”.

El fallo se da en el contexto de la presentación decenas de amparos por firmas agroindustriales como Bayer-Monsanto y el Consejo Nacional Agropecuario contra el Decreto Presidencial que prohíbe de forma gradual el uso del glifosato y el maíz transgénico en México.

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