INE desconoce derechos de Radio Tosepan y le impone propaganda electoral

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Tosepan Limakxtum determinó no transmitir propaganda por ser contenidos que atentan contra su cultura e identidad.

El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de su Comité de Radio y Televisión desconoció los derechos fundamentales de Radio Tosepan Limakxtum, titular de una concesión social indígena, y le obliga a difundir propaganda de partidos políticos a pesar que la radio comunitaria había determinado no hacerlo.

Ante ello, Radio Tosepan solicitó al Consejo General del INE reconocer sus derechos constitucionales y no imponer propaganda electoral, por ser contenidos que atentan contra su cultura e identidad.

A través de un comunicado, la emisora del pueblo masewal, nahuat y totonaku, con cobertura en la Sierra Norte de Puebla y Veracruz, denunció los intentos de “asimilación forzada” del INE, y llamó a las demás emisoras indígenas a resistir la imposición de dicha propaganda en sus contenidos radiofónicos.

Propaganda política
El Comité de Radio y Televisión del INE resolvió el 22 de febrero en contra de una “confirmación de criterio” planteada por Radio Tosepan, que argumentaba que los concesionarios sociales indígenas “no pueden contravenir la finalidad de promoción, desarrollo y preservación de sus lenguas, su cultura, sus conocimientos, la promoción de sus tradiciones y normas internas”.

Radio Tosepan planteó que dicho criterio es simplemente el reconocimiento de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas, como lo son a la libre determinación, la autonomía, la cultura e identidad.

El Comité de Radio y Televisión se opuso a confirmar el criterio al argumentar que “no podían resolver sobre exentar la difusión de propaganda de los partidos políticos”, por lo tanto, darían un trato similar al de cualquier emisora, a pesar de reconocer que no existe en el Reglamento de Radio y Televisión en materia electoral mención alguna que vincule a las emisoras indígenas.

En consecuencia, el comité del INE trasladó la consulta planteada por Tosepan al Consejo General del INE, que deberá abordarla en su sesión del próximo lunes 27 de febrero.

Derechos fundamentales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (en la tesis 1a. XXVI/2021) ha sentenciado que la Constitución reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos diferenciados y en tanto “beneficiarios de un tipo especial de concesión y de medidas para remediar la discriminación que han sufrido”, por lo tanto, “es inconstitucional que la ley someta a estos grupos a reglas que no reconozcan su diferencia”.

En tanto, el Códice Masewal, documento de identidad y forma de vida elaborado por los pueblos indígenas donde nace Radio Tosepan, señala que con la gobernanza comunitaria los pueblos han vivido en paz, sin embargo los procesos “democráticos” que controla el INE, “sólo han contribuido al desplazamiento o destrucción de nuestro sistema normativo de gobernabilidad de nuestros pueblos”, presencia de candidatos en busca de poder y dinero, así como violencia.

Radio Tosepan ha fundamentado su decisión de no transmitir contenidos de partidos políticos en los derechos constitucionales otorgados como pueblos indígenas, así como lo planteado en el Códice Masewal.

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