Las obras colisionan con el derecho a la salud del pueblo Ch’ol ante la existencia de la pandemia, argumenta la jueza.
Redacción La Coperacha
Ciudad de México // 23 de junio de 2020
Una jueza Federal concedió la suspensión definitiva del Tren Maya a integrantes del pueblo Ch’ol, de las comunidades de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, por lo que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y las empresas deberán abstenerse de realizar obras hasta que el juicio de amparo se resuelva.
Después de haber diferido 5 veces la audiencia por la negativa de Fonatur a proveer la información requerida, ayer el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas concedió la suspensión definitiva a las comunidades amparadas ante violaciones a su derecho a la salud, afectaciones ambientales y a sus derechos como comunidades indígenas.
La jueza argumentó que los integrantes de las comunidades pudieran resentir una afectación en su derecho a la salud, ya que el proyecto del Tren Maya “colisiona” con dicho derecho ante el fenómeno de la pandemia, reconocida en el Acuerdo General del 31 de marzo del 2020, que establece medidas de distanciamiento personal.
Con lo anterior se obliga al Fonatur y a las empresas ganadoras de la licitación suspender cualquier actividad relativa a la implementación del proyecto en el Tramo 1, de Palenque a Escárcega, salvo la relacionada al mantenimiento de las vías, hasta que el juicio de amparo sea resuelto de manera definitiva.
En un comunicado las comunidades Ch’ol de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, y la organización Indignación, informaron se que han determinado ampliar la demanda de amparo ante las irregularidades presentadas por el Tren Maya como la ausencia del MIA, las licitaciones y violaciones a los derechos de los pueblos, lo que obligará al Poder Judicial a analizar el fondo del proyecto.
Las comunidades recordaron que el 07 de mayo la Jueza Segundo de Distrito concedió la suspensión provisional del Tren Maya, misma que fue revocada por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Tuxtla Gutiérrez, con el “inverosímil argumento de que el riesgo de contagio por Covid-19 derivado de los trabajos del tren, para la comunidad Maya Ch’ol constituía un acto futuro de realización incierta”.
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