Prohíben venta, uso y distribución de PET y unicel en Oaxaca

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Foto: Heinrich Böll Stiftung

En México el consumo anual de unicel es de 125 mil toneladas: UNAM.

Redacción La Coperacha
Ciudad de México // 27 de octubre de 2020

El 25 de octubre entraron en vigor las reformas y adiciones a la Ley para la Prevención y Gestión de Residuos Sólidos aprobada por el Congreso de Oaxaca que prohíbe en todo el estado la venta, uso y distribución de botellas desechables de plástico, así como envases y embalajes de unicel.

La adición al artículo 68 bis prohíbe a las dependencias y entidades de los poderes del estado, a los gobiernos municipales y los órganos autónomos adquirir, usar o distribuir productos en envases o embalajes de estos materiales.

Estudios realizados por la UNAM indican que en México se producen alrededor de doscientas botellas de PET por cada habitante y genera más desechos de este material por su alto consumo de refrescos y agua embotellada. Mientras que el uso nacional al año de unicel es de 125 mil toneladas, de acuerdo a datos de 2018.

Esta ley fue aprobada el 10 de abril de 2019 y entró en vigor el 28 de junio de ese mismo año. A petición de los empresarios se dieron dos prórrogas de seis meses: la primera fue concedida por 42 diputados de la legislatura local y la segunda por el Congreso local.

El diputado morenista Horacio Sosa Villavicencio, impulsor de la iniciativa, destacó que la industria refresquera debe replantear las formas de distribuir sus productos ya que se verá obligada a envasar en contenedores menos dañinos al medio ambiente.

Sosa Villavicencio dijo que con esta modificación se pretende reducir casi en 70% la emisión de contaminación por PET en Oaxaca. Se estima que el 52.8% de estos desechos son botellas desechables de refrescos y 17% por agua embotellada.

El diputado afirmó no estar “en contra de los empresarios o del libre comercio, sino en favor del medio ambiente”. Además, añadió que ahora le toca a la Secretaría de Medio Ambiente, Energía y Desarrollo Sustentable atender, ordenar y vigilar la ejecución de dicha disposición y sancionar a quienes no cumplan.

Las penalizaciones van desde multas de 10 a 50 mil días de salario mínimo, la suspensión o revocación de concesiones, decomisos, clausuras temporales o definitivas, hasta arrestos.

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