SCJN invalida política energética de la Secretaría de Energía

Deja precedente ante iniciativa preferente del Ejecutivo, señala experto.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló 22 disposiciones de la Política de Confiabilidad Energética al considerar que son discriminatorias para las generadoras de energía renovable y contrarias a un mercado competitivo y en beneficio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El fallo ocurre un día después de que el Ejecutivo enviara al Congreso una iniciativa preferente que busca cambiar la Reforma Energética de 2013 y reposicionar a la CFE al priorizar el orden de despacho del flujo eléctrico con la producida por las hidroeléctricas y otras plantas de la paraestatal, y posteriormente, la energía eólica, solar y de plantas de ciclo combinado de empresas privadas.

Con ello la SCJN resolvió la controversia de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) al argumentar que la Secretaría de Energía irrumpía en el ámbito del regulador autónomo si procedía su nueva política energética.

El fallo, presentado por el ministro Luis Aguilar, indica que la política energética impide que las plantas generadoras que podrían ser más eficientes participen en el sector generando ventajas a las plantas activas en el mercado.

La SCJN consideró que el cierre a la recepción de solicitudes y la discrecionalidad de la Sener para reabrir fechas de recepción resulta discriminatoria para las centrales de energía limpia intermitente e implica que no se otorguen nuevas solicitudes de interconexión, y conlleva al cierre de nuevas centrales eléctricas de este tipo.

La Corte además sostuvo que se impacta en el derecho humano a un medio ambiente sano, reconocido en el Artículo 4 de la Constitución y falta a compromisos, nacionales e internacionales asumidos por México para incrementar de forma gradual las energías limpias y reducir la dependencia de combustibles fósiles.

En opinión del experto en temas energéticos Ramsés Pech, publicada en La Jornada, el fallo de la SCJN ratifica el principio de que deben coexistir libre competencia y concurrencia, deja un precedente ante la iniciativa preferente del Ejecutivo y la vuelve letra muerta.

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